Actividades permitidas

La lista de actividades entra en vigencia el domingo 31 de enero hasta el domingo 14 de febrero y para realizar estas actividades debes solicitar tu pase laboral a partir del 31 de enero.

Agricultura, pecuario, caza y silvicultura:

  • Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.

Pesca y acuicultura:

  • Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.

Energía, hidrocarburos y minería:

  • Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.

Manufactura primaria y no primaria:

  • Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.

Construcción:

  • Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Incluye proyectos de interés nacional (licencias, trámites, adquisición y transporte de bienes, servicios y personal, así como actividades relacionadas a la cadena logística).
  • Actividades de arquitectura e ingeniería para trámites de licencias, supervisión, inspección de obra y levantamiento de información.

Comercio:

  • Mantenimiento y reparación de vehículos no motorizados, vehículos automotores y motocicletas.
  • Servicios de adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

Servicios a la ciudad:

  • Evacuación de aguas residuales.
  • Captación, tratamiento y distribución de agua.
  • Actividades de prevención de riesgos de desastres.
  • Mantenimiento de espacios públicos y áreas verdes.
  • Limpieza y recojo de residuos sólidos.

Servicios generales:

  • Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.
  • Servicios y establecimientos de salud, incluye odontología, rehabilitación, reproducción asistida, diagnóstico, oftalmología, veterinarias.
  • Actividades de producción, almacenamiento, comercialización, transporte, y distribución para la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, gas de uso doméstico y combustibles.
  • Medios de comunicación.
  • Entidades financieras, seguros y pensiones y actividades conexas.
  • Transporte de carga, mercancías y actividades conexas.
  • Transporte de pasajeros por vía férrea, marítima y fluvial, incluye cabotaje.
  • Transporte de caudales.
  • Actividades de servicios vinculadas al transporte aéreo, férreo, terrestre, marítimo y fluvial, incluye cabotaje.
  • Actividades aeronáuticas no comerciales.
  • Actividades relacionadas al transporte aéreo.
  • Actividades de mensajería (servicio postal, encomiendas, delivery).
  • Servicio de transporte de mercancías destinados para actividades de mudanza, traslado de enseres o afines.
  • Hoteles categorizados, hospedaje (apart hotel) y transporte turístico para actividades esenciales.
  • Albergues, hostales y establecimientos de hospedaje no clasificados y categorizados.
  • Actividades de telecomunicaciones y actividades conexas, incluye reparación.
  • Alquiler y arrendamiento operativo de vehículos automotores.
  • Alquiler y arrendamiento operativo de otros tipos de maquinarias, equipos y bienes tangibles.
  • Actividades de seguridad privada.
  • Servicios de transporte, distribución y venta de medios de comunicación impresos.
  • Actividades de servicio de sistemas de seguridad.
  • Actividades de soporte de TI y reparación de equipos de cómputo.
  • Servicios funerarios.
  • Servicios notariales.
  • Servicios de reciclaje.
  • Actividades de envase y empaque.
  • Servicios de almacenamiento de abonos y materias primas agropecuarias, artículos de plásticos, vidrio, papel, cartones, aserradura de madera, hielo para actividades en general.
  • Servicios de carpintería, gasfitería, electricidad, mantenimiento de artefactos y reparación de equipos, incluye mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares.
  • Servicios de lavandería, ferreterías, servicios de limpieza.
  • Actividades de centrales telefónicas, incluye call centers con 50% de aforo.
  • Actividades jurídicas. Las entrevistas de abogados defensores con personas privadas de libertad en establecimientos penitenciarios se realizan virtual o telefónicamente, con arreglo a Ley.
  • Ensayos y análisis técnicos para las actividades económicas permitidas.
  • Investigación, innovación y desarrollo experimental relacionadas a las actividades económicas permitidas.
  • Actividades de las sedes centrales.
  • Actividades combinadas de apoyo a instalaciones asociadas a los servicios de limpieza, apoyo a edificios y mantenimiento de jardines.
  • Bancos y entidades financieras.

Delivery:

  • Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamentos.
  • Restaurantes y afines.
  • Tiendas de abastecimientos de productos básicos, supermercados, bodegas y farmacias.

Importante

Inmovilización social obligatoria: 

De lunes a domingo, no podrás movilizarte por la calle de acuerdo al nivel de alerta del lugar donde vivas en los siguientes horarios:

Moderada: Amazonas, Ayacucho, Huancavelica, Loreto, San Martín y Ucayali, de 11:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente.

Alta: Arequipa, Apurímac, Cajamarca, Provincia del Callao, Cusco, Huánuco, La Libertad, Lima Metropolitana, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno y Tumbes, de 9:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente.

Muy alta: Ancash, Ica, Junín, Lambayeque, Lima provincias, Piura y Tacna, de 7:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente. En esta zona, la inmovilización es total durante los domingos.

Restricción vehicular: 

En las zonas de alerta alta y muy alta, está prohibido el uso de vehículos particulares  los días domingos. Puedes salir solo si necesitas atención médica urgente o de emergencia, por encontrarse en grave riesgo tu vida o salud, o para adquirir medicamentos.

REFERENCIA CONSULTADA: Plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe

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